Si vas a empezar a trabajar por tu cuenta como psicólogo en España, uno de los primeros trámites es darte de alta en Hacienda. Este procedimiento comunica a la Agencia Tributaria que comienzas una actividad económica y permite determinar tus principales obligaciones fiscales.
En 2026 hay un cambio importante respecto a muchas guías antiguas: el modelo 037 ya no existe. Desde el 3 de febrero de 2025, las altas, modificaciones y bajas censales se realizan mediante el modelo 036.
Además, darte de alta en Hacienda no es exactamente lo mismo que darte de alta como autónomo en la Seguridad Social. Son trámites relacionados, pero corresponden a administraciones distintas.
En esta guía veremos cómo darte de alta en Hacienda como psicólogo, qué epígrafe del IAE suele utilizarse, cuándo los servicios psicológicos pueden estar exentos de IVA, cómo funcionan las retenciones de IRPF y qué declaraciones pueden aparecer después de iniciar la actividad.
Cómo darte de alta en Hacienda como psicólogo en 2026
El proceso general puede resumirse en estos pasos:
- Disponer de NIF o NIE.
- Presentar el modelo 036 antes de iniciar la actividad.
- Comunicar la actividad profesional correspondiente.
- Indicar el régimen de IRPF.
- Comunicar la situación respecto al IVA.
- Informar del local o lugar de actividad cuando proceda.
- Revisar las obligaciones relacionadas con retenciones.
- Tramitar también el alta correspondiente ante la Seguridad Social.
1. Comprueba tu NIF o NIE
Si eres una persona física española, normalmente tu NIF coincide con tu DNI. Por tanto, no necesitas solicitar un número fiscal nuevo simplemente por empezar a ejercer como psicólogo.
Si eres extranjero y vas a desarrollar una actividad económica en España, tu situación dependerá de tu documentación y residencia. Puede ser necesario disponer previamente de NIE y del correspondiente número de identificación fiscal.
Para la mayoría de profesionales españoles que ya tienen DNI, el paso realmente importante es el alta censal como profesional.
2. Presenta el modelo 036
El modelo 036 es la declaración censal utilizada para comunicar a Hacienda el inicio de una actividad económica.
La declaración de alta debe presentarse antes de comenzar la actividad o antes de que nazca la obligación de practicar retenciones o ingresos a cuenta.
Desde febrero de 2025 ya no existe el modelo 037. La Agencia Tributaria integró sus funciones en el modelo 036.
Esto significa que cualquier guía que en 2026 recomiende elegir entre el modelo 036 y el modelo 037 está desactualizada.
Censos WEB para nuevas altas
La Agencia Tributaria dispone de Censos WEB, un servicio de ayuda pensado para personas físicas que inician por primera vez una actividad.
Este sistema guía al contribuyente durante la presentación inicial del modelo 036 y puede resultar más sencillo que cumplimentar todas las páginas del formulario sin asistencia.
Para realizar el trámite online necesitarás uno de los sistemas de identificación admitidos por la Agencia Tributaria.
3. Indica tu actividad profesional
En el modelo 036 tendrás que declarar qué actividad económica vas a desarrollar.
Para un psicólogo que ejerce profesionalmente por cuenta propia, el encuadramiento tradicional en las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas es el grupo 776 de la sección segunda del IAE, correspondiente a Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociales, Psicólogos, Antropólogos, Historiadores y similares.
La sección segunda corresponde a actividades profesionales desarrolladas por personas físicas.
¿Hay que pagar el IAE por ser psicólogo autónomo?
Aunque tengas que comunicar el epígrafe de tu actividad, las personas físicas están exentas del pago del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Por tanto, un psicólogo autónomo persona física utiliza el epígrafe para identificar fiscalmente su actividad, pero no tiene que pagar una cuota de IAE por el mero hecho de ejercer.
4. Indica cómo tributarás en el IRPF
Los ingresos obtenidos por un psicólogo autónomo tienen normalmente la consideración de rendimientos de actividades económicas en el IRPF.
Muchos profesionales tributan mediante estimación directa simplificada cuando cumplen los requisitos correspondientes.
De forma general, el rendimiento de la actividad se determina a partir de los ingresos computables menos los gastos fiscalmente deducibles.
Entre los gastos que puede tener una consulta se encuentran, cuando cumplen los requisitos fiscales:
- Alquiler del despacho.
- Software profesional.
- Seguro de responsabilidad civil.
- Cuotas profesionales.
- Material de oficina.
- Publicidad.
- Página web.
- Servicios de gestoría.
- Equipos informáticos.
- Formación relacionada con la actividad.
- Determinados suministros vinculados al ejercicio profesional.
Puedes ampliar esta cuestión en nuestra guía de fiscalidad para psicólogos.
5. ¿Los psicólogos tienen que cobrar IVA?
No todos los servicios prestados por un psicólogo tienen automáticamente el mismo tratamiento en IVA.
Servicios sanitarios de Psicología
La Ley del IVA contempla una exención para determinadas prestaciones de asistencia sanitaria realizadas por profesionales médicos o sanitarios cuando están dirigidas al diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades.
Cuando un profesional que reúne los requisitos correspondientes presta asistencia psicológica sanitaria con esa finalidad, el servicio puede estar exento de IVA.
En estos casos no se añade el 21 % de IVA como ocurriría con una prestación ordinaria sujeta y no exenta.
Otros servicios de un psicólogo
Ser psicólogo no convierte en exenta cualquier actividad profesional.
Pueden tener un tratamiento diferente servicios como:
- Consultoría empresarial.
- Selección de personal.
- Coaching cuando no constituye asistencia sanitaria exenta.
- Determinados informes o servicios periciales.
- Formaciones y talleres cuando no resulte aplicable otra exención.
- Marketing o consultoría.
- Determinados servicios de Psicología deportiva.
Si combinas terapia sanitaria con otras actividades, tendrás que distinguir correctamente las operaciones en el modelo 036, en las facturas y en la contabilidad.
Puedes profundizar en este punto en ¿los psicólogos deben pagar IVA en España?.
6. Indica dónde desarrollas la actividad
Durante el alta también tendrás que informar de determinadas circunstancias relacionadas con el lugar desde el que trabajas.
Por ejemplo:
- Consulta propia.
- Local alquilado.
- Despacho compartido.
- Domicilio desde el que desarrollas parte de la actividad.
- Actividad sin local determinado.
La forma de declarar ese espacio puede tener consecuencias fiscales, especialmente si quieres deducir alquileres, suministros u otros gastos.
No confundas este trámite fiscal con las autorizaciones sanitarias o municipales que puedan ser necesarias para abrir una consulta o centro sanitario.
7. Alta en Hacienda y alta de autónomo no son lo mismo
El alta en Hacienda comunica a la Agencia Tributaria que vas a desarrollar una actividad económica y establece tus obligaciones fiscales.
Se realiza mediante el modelo 036.
El alta correspondiente como trabajador por cuenta propia se tramita ante la Tesorería General de la Seguridad Social, normalmente a través de Importass.
Por tanto, presentar el modelo 036 no sustituye el alta que corresponda ante la Seguridad Social.
8. ¿Qué retención de IRPF aplica un psicólogo?
Cuando un psicólogo autónomo factura servicios profesionales a una empresa, otro profesional o una entidad obligada a practicar retenciones, la factura puede incluir retención de IRPF.
El tipo general de retención para actividades profesionales es del 15 %.
Los profesionales que inician una actividad pueden aplicar, cuando cumplen los requisitos, un tipo reducido del 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes.
Por ejemplo, en una factura profesional de 1.000 euros sujeta a retención del 15 %, el cliente obligado a retener descontaría 150 euros y los ingresaría posteriormente a Hacienda por cuenta del profesional.
¿Se aplica retención a pacientes particulares?
Normalmente no.
Una persona particular que acude a terapia no actúa como empresario o profesional obligado a practicar retenciones. Por tanto, la factura emitida a un paciente particular no suele llevar retención de IRPF.
9. ¿Tiene que presentar un psicólogo el modelo 130?
El modelo 130 se utiliza para realizar determinados pagos fraccionados del IRPF durante el año.
Sin embargo, los profesionales pueden quedar exonerados de presentarlo cuando al menos el 70 % de los ingresos de la actividad profesional hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta, de acuerdo con las reglas aplicables.
Esto puede generar situaciones diferentes:
- Un profesional que trabaja principalmente para empresas puede tener gran parte de sus ingresos sometidos a retención.
- Un psicólogo que factura sobre todo a pacientes particulares normalmente tendrá una proporción mucho menor de ingresos sometidos a retención.
Por eso no conviene copiar las obligaciones fiscales de otro psicólogo sin revisar cómo funciona tu propia actividad.
10. Otras retenciones que pueden afectar a tu consulta
Además de las retenciones que tus clientes practiquen en tus facturas, tú mismo puedes estar obligado a retener en determinadas situaciones.
Puede ocurrir, por ejemplo, si:
- Contratas trabajadores.
- Pagas facturas a determinados profesionales sujetas a retención.
- Alquilas un local cuyo alquiler está sujeto a retención.
En función del caso pueden aparecer obligaciones como los modelos 111 o 115.
Qué obligaciones fiscales puede tener un psicólogo autónomo
No existe una lista idéntica para todos los psicólogos. Depende de la actividad, los clientes y los gastos.
Estas son algunas de las obligaciones que pueden aparecer:
- Modelo 130: pagos fraccionados de IRPF cuando exista obligación.
- Modelo 303: cuando realizas operaciones sujetas a IVA y debes autoliquidarlo.
- Modelo 111: si pagas determinadas rentas sujetas a retención.
- Modelo 115: en determinados alquileres de inmuebles sujetos a retención.
- Declaración anual de IRPF: para declarar los rendimientos de la actividad.
- Libros registro: según las obligaciones contables y fiscales aplicables.
No todos los psicólogos tienen que presentar todos estos modelos. Las obligaciones dependen de cómo esté configurada realmente la actividad.
En nuestra guía de fiscalidad para psicólogos analizamos con más detalle los principales impuestos y modelos.
Ejemplo de alta de un psicólogo sanitario autónomo
Imagina que Laura es psicóloga sanitaria, atiende pacientes particulares en una consulta alquilada y comienza a trabajar por cuenta propia.
Su esquema general podría ser:
- Presentar el modelo 036 antes del inicio.
- Comunicar la actividad profesional correspondiente.
- Utilizar el grupo 776 de la sección segunda del IAE cuando resulte aplicable.
- Declarar el régimen de IRPF correspondiente.
- Comunicar correctamente que presta servicios sanitarios exentos de IVA si cumple los requisitos.
- Informar del local afecto a la actividad.
- Tramitar el alta correspondiente en la Seguridad Social.
- Llevar registros de ingresos y gastos.
- Emitir correctamente las facturas.
- Revisar la obligación de presentar pagos fraccionados de IRPF.
Si posteriormente empieza a impartir cursos, realizar consultoría para empresas o prestar otros servicios, tendrá que analizar si debe modificar su situación censal.
Ejemplo de factura de un psicólogo a un paciente particular
Imaginemos una sesión sanitaria exenta de IVA por 70 euros.
La estructura simplificada podría ser:
- Honorarios: 70 euros.
- IVA: exento cuando resulte aplicable la exención sanitaria.
- IRPF: sin retención al tratarse de un paciente particular que no está obligado a retener.
- Total: 70 euros.
La factura debe contener además los datos obligatorios establecidos por la normativa de facturación.
Ejemplo de factura de un psicólogo a una empresa
Imagina un servicio profesional de 1.000 euros prestado a una empresa y sujeto al tipo general de IVA y a una retención profesional del 15 %.
Un ejemplo puramente ilustrativo sería:
- Base: 1.000 euros.
- IVA 21 %: 210 euros.
- Retención IRPF 15 %: 150 euros.
- Total a cobrar: 1.060 euros.
La tributación exacta dependerá de la naturaleza del servicio. No debes asumir que cualquier servicio prestado por un psicólogo a una empresa lleva necesariamente IVA o retención.
¿Cuándo hay que modificar el modelo 036?
El modelo 036 no se utiliza solamente para empezar. También sirve para comunicar cambios censales relevantes.
Por ejemplo:
- Nueva actividad.
- Cese de una actividad.
- Cambio de domicilio fiscal.
- Incorporación de un local.
- Inicio de operaciones sujetas a IVA.
- Cambios en obligaciones de retención.
- Alta o baja en determinados registros fiscales.
Muchas modificaciones censales deben comunicarse dentro del plazo establecido desde que se produce la circunstancia correspondiente.
¿Cómo darte de baja en Hacienda como psicólogo?
Cuando cesas realmente en tu actividad por cuenta propia debes comunicar la baja censal mediante el modelo 036.
La baja fiscal tampoco debe confundirse con la baja correspondiente en la Seguridad Social.
Si cierras una línea de actividad pero mantienes otra, puede que no corresponda una baja total, sino una modificación censal.
Errores frecuentes al darse de alta en Hacienda como psicólogo
Utilizar todavía el modelo 037
El modelo 037 fue suprimido con efectos desde el 3 de febrero de 2025.
Pensar que el IAE 776 implica pagar el impuesto
Las personas físicas están exentas del IAE, aunque tengan que declarar correctamente su actividad.
Marcar todos los servicios como exentos de IVA
La exención sanitaria depende de la naturaleza de la prestación. Ser psicólogo no convierte automáticamente en exentos talleres, consultoría, formación o servicios empresariales.
Aplicar retención a pacientes particulares
Un paciente particular normalmente no está obligado a practicar retenciones por el pago de una sesión.
Confundir Hacienda con Seguridad Social
Son administraciones diferentes y presentar el modelo 036 no sustituye los trámites necesarios ante la Seguridad Social.
No actualizar el censo cuando cambia la actividad
Si empiezas una nueva línea de negocio, debes revisar si corresponde modificar el modelo 036.
Copiar el alta de otro psicólogo
Dos profesionales pueden tener obligaciones diferentes aunque ambos sean psicólogos. Uno puede hacer exclusivamente terapia sanitaria y otro combinarla con formación, peritajes y consultoría empresarial.
Checklist antes de empezar a facturar
Antes de emitir tu primera factura, comprueba:
- Has presentado el modelo 036 antes de iniciar la actividad.
- Has declarado correctamente tu actividad profesional.
- Has revisado el epígrafe del IAE.
- Has configurado correctamente el IRPF.
- Sabes cuáles de tus servicios están exentos de IVA y cuáles no.
- Has informado del local o lugar de actividad cuando corresponde.
- Has revisado si debes presentar el modelo 130.
- Sabes cuándo tus facturas deben llevar retención.
- Has realizado los trámites correspondientes con la Seguridad Social.
- Tienes un sistema para registrar ingresos y gastos.
- Tus facturas incluyen los datos obligatorios.
- Has revisado las obligaciones adicionales si alquilas un despacho o contratas personal.
También puede resultarte útil revisar los mejores seguros de responsabilidad civil para psicólogos antes de empezar a atender pacientes.
Preguntas frecuentes
¿Qué modelo necesito para darme de alta en Hacienda como psicólogo?
En 2026 debes utilizar el modelo 036. El modelo 037 fue suprimido con efectos desde el 3 de febrero de 2025 y ya no se utiliza para nuevas altas censales.
¿Cuál es el epígrafe IAE de un psicólogo?
El grupo utilizado tradicionalmente por los psicólogos que ejercen como profesionales por cuenta propia es el 776 de la sección segunda del IAE.
¿Un psicólogo autónomo tiene que pagar el IAE?
Las personas físicas están exentas del pago del Impuesto sobre Actividades Económicas. Aun así, deben declarar correctamente la actividad correspondiente mediante el modelo 036.
¿Los psicólogos están exentos de IVA?
Los servicios de asistencia sanitaria prestados por profesionales sanitarios con finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento pueden estar exentos de IVA. Otros servicios de un psicólogo pueden estar sujetos y no exentos.
¿Qué retención de IRPF aplica un psicólogo autónomo?
El tipo general de retención de los rendimientos profesionales es del 15 %. Los profesionales de nuevo inicio pueden aplicar un 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes cuando cumplen los requisitos establecidos.
¿Darse de alta en Hacienda significa estar dado de alta como autónomo?
No. El alta censal en Hacienda y el alta correspondiente en la Seguridad Social son trámites diferentes.
Conclusión
Darte de alta en Hacienda como psicólogo en 2026 es un trámite relativamente accesible si tienes claro qué información debes comunicar. El elemento central es el modelo 036, que desde febrero de 2025 también asumió las funciones del antiguo modelo 037.
Para un psicólogo profesional por cuenta propia, el grupo 776 de la sección segunda del IAE es la referencia habitual, aunque las personas físicas estén exentas de pagar el propio impuesto.
También tendrás que definir correctamente tu régimen de IRPF, comprobar si tus servicios tienen exención sanitaria de IVA y revisar las obligaciones relacionadas con retenciones y pagos fraccionados.
El punto más importante es no asumir que todos los psicólogos tienen exactamente la misma fiscalidad. Terapia sanitaria, peritajes, formación, consultoría y servicios para empresas pueden generar obligaciones diferentes.
Referencias
- Agencia Tributaria. Modelo 036: declaración censal. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/calendario-contribuyente/calendario-contribuyente-2026/informacion-sobre-presentacion-modelos-no-periodicos/modelo-036.html
- Agencia Tributaria. Censos WEB para personas físicas. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G322.shtml
- Agencia Tributaria. Supresión del modelo 037. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-noticias/2025/enero/9/orden-ministerial-modificacion-declaraciones-censales.html
- BOE. Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-23930
- Agencia Tributaria. Exenciones en operaciones médicas y sanitarias. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/manual-iva-2025/capitulo-03-entregas-realizadas-empresarios-profesionales/entregas-bienes-servic-realizadas-empresarios-profesionales/operaciones-exentas/exenciones-operaciones-interiores/exenciones-operaciones-medicas-sanitarias.html
- Agencia Tributaria. Retenciones aplicables a actividades profesionales. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/folleto-actividades-economicas/7-otras-obligaciones-fiscales-retenciones.html
- Agencia Tributaria. Pagos fraccionados del IRPF. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/retenciones-ingresos-cuenta-pagos-fraccionados/pagos-fraccionados.html
- Seguridad Social. Trabajo autónomo. https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10548/32825